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Polígono
industrial
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C
a r a c t e r í s t i c a s g e n e r a l e s |
Superficie
disponible.
La
superficie de suelo industrial existente
en el polígono industrial para parcelación
es de 130.000 m2.
Los criterios definidos por el Ayuntamiento de
Torquemada, en función de sus datos de demanda de suelo
industrial, han sido la de la obtención de un modelo de
parcelación
flexible con parcelas de distintos tipos de
superficie, que puedan agruparse en áreas mayores.
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Tipos
de empresa
La
empresas que se podrán ubicar en el Polígono son de tres
tipos:
Tipo
A
Industria pequeña con parcelas comprendidas entre 600 y 1.310
m2. Conjunto de parcelas para naves adosadas.
Tipo
B
Industria mediana con parcelas comprendidas entre 1.310
m2 y 2.160 m2. Parcelas para naves pareadas.
Tipo
C
Industria general
o grande. Parcelas con superficie mayor a 2.160 m2. Edificación
aislada.
Usos
Industrial
En general, salvo las industrias conceptuadas como insalubres y
peligrosas.
Se permitirá una Vivienda por cada 1000 m2 o fracción de
edificación de uso industrial, vivienda que únicamente podrán
ser destinadas a residencia de las personas al servicio
de las respectivas industrias, cumpliendo toda la normativa
legal al respecto.
Comercial
Siempre que esté directamente vinculado al uso industrial de la
instalación.
Parcela
mínima
Se establece como parcela mínima
indivisible la de 600 m2.
Agrupación
Se permite la agrupación de parcelas para formar otra de
mayores dimensiones. Si la agrupación supone cambio a otro tipo
de industria, se
aplicarán las ordenanzas correspondientes al nuevo tipo
obtenido.
Edificación
parcial de parcelas
No será necesario edificar íntegramente el área
completa de las parcelas, las empresas interesadas podrán optar
por la edificación parcial de las mismas; si bien deberán
cubrir el 30% en planta, de los m2 de la parcela, una vez
deducidas las zonas correspondientes a los retranqueos en
fachadas y colindantes y atenerse a los porcentajes señalados
en todas las normas y prescripciones
restantes.
Reserva
de parcelas
Las
empresas que prevean
mayores necesidades de espacio para posterior es
ampliaciones, podrán reservar parcelas adyacentes siempre que
exista un compromiso de edificación posterior en el tiempo que
se establezca desde la Corporación Municipal.
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